RD de espalda al universo de derechos humanos
Por JUAN BOLÍVAR DIAZ
La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional la adhesión a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deja al país de espalda al universo de los derechos humanos y expuesto a continuas condenas que podrían ocasionar graves daños económicos y a la imagen de la nación.
Las reacciones internacionales muestran el aislamiento de la nación, mientras en el plano interno los expertos constitucionalistas y en derecho internacional se muestran consternados y avergonzados por la inconsistencia del dictamen, que el gobierno podría subsanar pidiendo al Congreso Nacional que ratifique la competencia de esa Corte.
Profunda división
Tal como ocurrió con la sentencia 168-13 que avaló la política de desnacionalización de los descendientes de inmigrantes irregulares, la 256-14 emitida esta semana por el Tribunal Constitucional, declarando inconstitucional la adhesión del país a la CIDH, profundiza la división en la sociedad dominicana, predominando el discurso nacionalista que reivindica una soberanía obsoleta por múltiples tratados internacionales, no sólo en derechos humanos, también en comercio, medio ambiente, derecho de autor…
La opinión pública está influida por la posición gubernamental conservadora, que ha arrastrado al partido de gobierno al ultranacionalismo, dejando atrás sus orígenes boschistas, y gran parte de la población parece encontrar en ella una fuente para reafirmarse frente a los nacionales y descendientes del país más pobre y atrasado del continente. La generalidad de los periódicos apoyan la posición nacionalista, los principales programas de televisión la cuestionan y la radio aparece dividida.
Donde ha habido mayor coherencia y profundidad es entre los más reputados expertos en derecho constitucional y relaciones internacionales, que han rechazado o disentido en diversos grados con las sentencias del TC, como Eduardo Jorge Prats, Olivo Rodríguez Huerta, Cristóbal Rodríguez, Flavio Darío Espinal, Carlos Salcedo, Nassef Perdomo, o Ariel Gautreaux, y juristas como el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa y el jurista Francisco Álvarez Valdez. Tras una serie de consideraciones jurídicas, en un artículo el viernes en HOY, Jorge Prats concluyó con dos palabras “¡Qué vergüenza!”.
TC viola ley y su estatuto
No debe pasar desapercibida la denuncia de dos de los tres jueces del TC que rechazaron la sentencia con “votos disidentes” ponderados en el sentido de que en su prisa por emitir su dictamen, que a juicio de Katia Miguelina Jiménez “responde más a un acto de reacción que a un razonamiento jurídico”, el tribunal violentó el artículo 180 de la Constitución, su Ley Orgánica 137-11 y su propio reglamento interno “textos que son categóricos al indicar que los votos deben consignarse en la sentencia”, dice textualmente Hermógenes Acosta.
La jueza Jiménez y el juez Acosta se quejan de que el TC publicó su sentencia 256-14 sin darle oportunidad a explicitar su voto disidente como ordenan esos textos. Con extensión de 39 y 13 páginas, sus argumentos contrarios a la mayoría fueron incorporados posteriormente a la sentencia en la página de internet del Tribunal Constitucional. El de la otra magistrada que disintió, Ana Isabel Bonilla, de 6 páginas, fue incluido antes de la emisión.
Acosta cita que el reglamento jurisdiccional del TC establece un plazo de 10 días hábiles a contar de la comunicación de la sentencia para formular el voto particular, y que la práctica en cientos de casos implicaba por lo menos 5 días, pero esta vez se publicó al tercer día. Él, como la doctora Jiménez, tuvieron que redactar sus objeciones sin haber recibido el texto aprobado por la mayoría, y en su punto 8 indica que “el proyecto de sentencia que nos ocupa fue aprobado con modificaciones, de las cuales tuve conocimiento en horas de la tarde del día de hoy (4 de noviembre) cuando entré a la página oficial del TC”. Agrega en el punto 9 que “he sido sancionado de manera injusta e injustificada”.
Katia Jiménez dice que se enteró por el periódico El Día de la decisión de publicar la sentencia sin esperar su voto disidente, que reivindica no sólo constitucional, legal y reglamentariamente, sino como “desprendimiento del derecho a la libertad de expresión”. En su argumento 4.1.12 se queja de que la mayoría de los jueces citaron un dictamen de la Suprema Corte del 2055 (No.4 BJ1137.23) para argumentar a favor de acoger el recurso de inconstitucionalidad, pero decidieron “dejar de lado el hecho de que en esa misma sentencia la Suprema Corte reconoce la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, y cita el texto específico.
La esencia del rechazo
Los tres jueces disidentes, como la generalidad de los expertos que han analizado la sentencia, basan su rechazo en que el Congreso Nacional reconoció la competencia de la Corte Interamericana al ratificar la Convención Interamericana de Derechos Humanos que la instituye. Citan su artículo 33 que crea tanto la Comisión como la Corte Interamericana, que luego dedica todo su capítulo VIII a especificar las competencias y funcionamiento de la CIDH. Coinciden también en que la Convención especifica que no se necesita “convención especial” para reconocer la jurisdicción de la Corte.
Hermógenes Acosta añade que el Congreso también ratificó la competencia de la CIDH al aprobar la Ley Orgánica del TC 137-11, donde establece “Que dentro de los procedimientos constitucionales a ser regulados se encuentra el control preventivo de los tratados internacionales y la regulación de la ejecución de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
Citan la llamada “doctrina Estoppel”, según la cual no se puede adoptar una conducta jurídica contraria a los actos anteriormente adoptados, refiriéndose a las múltiples ocasiones en que el Estado aceptó la vinculación con la CIDH, como por ejemplo al defenderse en cinco casos o al hacer elegir una dominicana como jueza de la misma. Lo mismo cuenta para el TC que llegó a firmar un Acuerdo Marco de Cooperación con la CIDH (ver cuadro anexo).
Una salida improbable
Las primeras manifestaciones del gobierno son de estricto apego a las decisiones del TC, citando su ley orgánica y la Constitución, aunque la primera, en su artículo 37.1, también declara la vinculación con los tratados y los tribunales internacionales, colocados en la última instancia en materia de derechos humanos.
La última declaración del canciller dominicano Andrés Navarro, el viernes, no descarta que el país se salga de la jurisdicción de la CIDH, pero indicó que un grupo de expertos analiza la situación.
Si el problema es que el Congreso no ha ratificado la competencia de la Corte, como ha dictaminado el TC, una salida podría ser enviar el protocolo al Poder Legislativo para que decida. Sería una forma del gobierno compartir la responsabilidad en una decisión de graves y prolongadas complicaciones para la política exterior y la imagen del país. Hay quienes creen que podrían originarse boicots y hasta sanciones económicas. Por lo menos la Unión Europea condiciona cooperación a la observación de los principios fundamentales de derechos humanos.
Hay quienes citan el caso de Venezuela, que denunció la Convención y la Corte, pero la República Dominicana es mucho más dependiente del comercio, la inversión, el turismo y la cooperación internacional, y no tiene aliados exteriores que la puedan defender ante acusaciones de violación de derechos de decenas de miles de personas.
En última instancia, como sostuvo la jueza Katia Jiménez, el desconocimiento de la competencia de la CIDH es reactiva, una forma de decir que ya no hay que cumplir la condena que restituye los derechos de los desnacionalizados, porque simplemente el reconocimiento de esa corte durante 15 años “era inconstitucional”.
Total rechazo internacional
Donde la nueva sentencia del TC ha vuelto a tener un rechazo absoluto es en el ámbito internacional, encabezado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el órgano encargado por la carta de la OEA y la Convención Interamericana de Derechos Humanos de velar por la aplicación de los tratados al efecto, la cual dijo que ese dictamen “no encuentra sustento alguno en el derecho internacional, por lo cual no puede tener efectos”. Agregó que tampoco existe base en el mismo para entender que pueda tener efectos en el futuro, porque la Convención “no establece la posibilidad de que un Estado que continúa siendo parte del Tratado se desvincule de la competencia de la Corte”.
Amnistía Internacional y el Centro Kennedy para los Derechos Humanos se sumaron de inmediato a las advertencias de que la nación dominicana se coloca de espaldas al universo de los derechos humanos. Las repercusiones alcanzaron la primera plana del principal periódico español, El País, y de los noticiarios de televisión del mundo.
La Comisión Interamericana evalúa desde el 2011, con por lo menos tres audiencias públicas, los casos de unas 48 personas afectadas por la desnacionalización, cuyos expedientes podrían pasar en cualquier momento a la Corte y motivar condenas sobre condenas, bajo la jurisprudencia de que los hijos no heredan la condición migratoria de sus padres y por el principio de la no retroactividad.
Ya esta semana la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados colocó a la República Dominicana en un exclusivo club mundial donde se concentra la apatridia, ocupando el quinto lugar, después de Birmania, Costa de Marfil, Tailandia y Lituania, con un estimado de 200 mil personas privadas de nacionalidad.
Nessun dorma
Por MANUEL NÚÑEZ
Como en la ópera Turandot, un príncipe persa ha logrado cruzar los laberintos que blindaban la mano de la princesa. Todo el pueblo debe ahora hallar el nombre del intruso para protegerla del porvenir incierto que le espera. Son las horas decisivas. Si no logran detenerlo, si bajan la guardia, todo estará perdido. Nessun dorma ha ordenado la princesa desde su palacio de encajes chinos.
Al igual que en el drama de Puccini, nosotros estamos viviendo el momento más difícil, cuando amanezca saldrá pato o gallareta. La Corte Interamericana de los derechos humanos (CIDH) ha planteado la disolución de nuestra Constitución. Los jueces se han llevado de encuentro toda la doctrina jurídica que reconocía que la nacionalidad era un dominio reservado de los Estados. En los momentos en que la Corte Internacional se propone suplantar el derecho interno del Estado dominicano, todos los actores se quitan la máscara. Entran al escenario. Haití plantea una veda radical a la importación de pollos y huevos. Martelly inicia sus diligencias diplomáticas ante el CARICOM. Convoca a todos sus aliados. Las ONG pro haitianas, sus abogadillos, sus trovadores, el gran grupo de prensa que los apoya, nos anuncian grandes catástrofes. Que destruirán el turismo. Que nos harán un gran embargo comercial. Que nos juzgarán como a un Estado paria. Que patatín, que patatán. Que nadie duerma ¡Nessun dorma! Es el momento del monólogo dramático que solía cantar Lucciano Pavarotti, el aria de los grandes tenores.
En los días finales de abril de 1965, una facción que se oponía al esfuerzo de restablecer la Constitución burlada por el Gobierno ilegal del Triunvirato, llamó a la intervención extranjera. Por más dialéctica que emplearon posteriormente para justificar esa ignominia, la correspondencia del coronel Bartolomé Benoit pidiéndole al poder extranjero que se inmiscuyera en los asuntos internos del país, queda como uno de los documentos más oprobiosos de la historia dominicana. El propio militar al cabo del tiempo, recordaba con lágrimas en ojos, el episodio espantoso que lo hizo aparecer como un traidor a la lealtad de los que sólo combaten bajo nuestra bandera y nuestro Estado. Era, desde luego, un hombre de paja. Hubo otros que lo emplearon como instrumento para llevar a término ese acto infamante.
Tras la Sentencia del Tribunal Constitucional 256/14 que establece que en el reconocimiento de las competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos no cumplió con las normas del derecho interno—exigencia de todos los Estados del continente--, y, que, en consecuencia, ese instrumento no vincula al Estado dominicano con esa Corte, Todos los abogados de la CIDH y de las ONG han clamado para que prevalezca la norma dictada por la CIDH sobre la disposición de nuestra Constitución. Cabe preguntarse, si las normas de nuestro derecho nos convierten en una isla jurídica en el continente. Desde México hasta Chile las características del jus solis que se dispone para los descendientes de extranjeros son las mismas que obran en nuestro país. Las normas que obligan a los Estados se basan en la igualdad. Ninguno de estos países ha renunciado a determinar quiénes son sus nacionales, ¿Por qué tendría la República Dominicana que hacerlo?
Todos se preguntan ahora, ¿qué hará el Gobierno? ¿Seguirá practicando la ambigüedad, la impotencia, el abandono de nuestros intereses, la carencia de proyectos y de ideales? El Gobierno no acierta a comprender que si persiste en la desnacionalización del trabajo, en la demolición de las conquistas sociales, en la suplantación del pueblo dominicano en los registros civiles, terminará desbaratando la nación. La independencia dominicana costó muchísimo esfuerzo; fue necesario ganar la guerra con Haití; vencer el pesimismo y la traición, y levantarnos de una larga noche de escombros y sacrificios; desmantelar los resultados históricos con trapacerías jurídicas es relativamente fácil.
Aquellos que plantean que se coloque al Estado dominicano en manos de poderes supra nacionales, que predican en sus articulejos y sus comparecencias el odio a la patria y a todo lo que la representa, y la servidumbre a cualquier poder extranjero, aquellos que soñaron con la victoria de la CIDH sobre el Tribunal Constitucional, que se están empleando a fondo en la revocación de la soberanía nacional dominicana, y que ya han dado sobradas muestras de alta traición y de falta de lealtad a la sociedad, a la nación y al Estado, debería aplicársele las previsiones del artículo 23 de la Constitución.
Los derechos de ciudadanía se pierden por condenación irrevocable, en los casos de traición, espionaje, conspiración; así como tomar las armas y por prestar ayuda o participar en atentados o daños deliberados contra los intereses de la nación
Nuestra Constitución ha de convertirse en un organismo viviente. En un ejercicio permanente que arrope a todos los poderes y las decisiones del Estado.
Vivimos, sin duda, una época de episodios espectaculares. El procurador general de la República, metido en la refriega de un conflicto, se presentó en la embajada estadounidense para solicitar la intervención del poder extranjero en los asuntos internos de la Justicia dominicana. Que la máxima autoridad judicial designada por el Poder Ejecutivo, en pleno ejercicio de sus altas atribuciones, haga semejante solicitud y proponga despojar de un visado a un senador, que, aún no ha sido condenado por la Justicia dominicana, constituyen faltas gravísimas a la Constitución y a las leyes, y han de figurar como unas de las páginas de más triste recordación de toda nuestra historia judicial.
¿Cuál es el sentido de las graves faltas que hemos puesto de relieve? Apoyarse en el poder extranjero para destruir la soberanía nacional dominicana se considera un acto de traición a la patria, y permanece como una actividad sancionada por el Código Penal en su artículo 76.
Art. 76.- Toda persona que, desde el territorio de la República, se ponga o trate de ponerse de acuerdo con Estados extranjeros o con sus agentes, o con cualesquiera institución o simples personas extranjeras, para tratar de que se emprenda alguna guerra contra la República o contra el Gobierno que la represente, o que se les hostilice en alguna forma, o que, contra las disposiciones del Gobierno, se intervenga de cualquier modo en la vida del Estado o en la de cualquiera institución del mismo, o que se preste ayuda para dichos fines, será castigada con la pena de treinta años de trabajos públicos. La sanción susodicha alcanza a todo dominicano que desarrolle las actuaciones mencionadas aunque ello se realice desde territorio extranjero.
Examinemos las características de estas infracciones:
a)La falta de fidelidad debida al Gobierno y al Estado dominicano quebranta el art. 77 del Código Penal;
b)El facilitarles la intervención en los asuntos internos a agentes extranjeros, entregándoles documentación o haciéndose cómplice de su intervención contraviene la Constitución ;
c)Ponerse en conciliábulo con poderes supranacionales para atentar contra la Independencia nacional vulneran los art. 73,75, 76,77,78 del Código Penal
Todas esas maquinaciones que de algún modo tratan de legitimar el intervencionismo internacional, o peor aún: convierten a los propios funcionarios en pieza y agentes de la intervención que introducen el caos, la incertidumbre, la violencia y deshacen la soberanía
Refiriéndose a los personajes de este teatro, un maestro olvidado, don Juan Bosch, escribió lo siguiente:
Causa pena oír a la mayoría de los dominicanos de clase media hablar de su pueblo y causa pesar oírla comentar las crisis nacionales. Para esa gente, el dominicano es haragán, es cobarde, es ladrón; y cuando hay un momento crítico en la vida del país, en los hogares, en las esquinas, en los cafés, unos y otros se preguntan cuándo van los americanos a actuar; inventan noticias de que ya llega la flota, de que el Presidente dijo tal cosa o tal otra—y se refieren no al Presidente de la República Dominicana sino de los Estados Unidos--. (…) Con las excepciones lógicas, comerciantes, profesionales, militares, sacerdotes, periodistas, hombres y mujeres carecen de dignidad patriótica porque les falta ese ingrediente estabilizador y creador que se llama amor; amor a lo suyo, a su tierra, a su historia, a su destino.
Como consecuencia de esa actitud, los dominicanos medios no han establecido todavía una escala de valores morales; no tienen lealtad a nada, ni a un amigo ni a un partido ni un principio ni a una idea ni a un gobierno. El único valor importante es el dinero porque con él pueden vivir en el nivel que les pertenece desde el punto de vista social y cultural; y para ganar dinero se desconocen todas las lealtades.
Desgraciadamente, hay mucho de verdad en estas desoladoras descripciones del grande y humano Juan Bosch.
Que nadie duerma. Nessun dorma.
Los verdaderos terroristas del Metro
Por VENECIA JOAQUIN
La explosión en uno de los vagones del Metro, ha sido calificada de acto terrorista, de grave ataque a la gobernabilidad, de desafío a las autoridades y organismos de seguridad. Deben investigar con cautela. Un acto terrorista implica autores intelectuales y pagos y no han dado esa información. Además, señalaron un culpable y luego dijeron que era otro. En ese vagón iban 500 personas, algunas resultaron lesionadas.
¿Que experto en terrorismo provocó esa explosión? Sospechan de Frankelin Holguín, un jovencito de apenas 21 años, quien ha vivido en la indigencia, debajo de un puente, con su familia. Desde ahi, luchó por superarse por buena lid. Estudió, se hizo bachiller, se inscribió en la UASD. Sus profesores de Los Minas dicen que era disciplinado; su familia y vecinos lo califican de “muchacho tranquilo que no se mete con nadie, nunca ha caído preso”. No tiene expediente judicial. Iba en el Metro con una mochila cuando se produjo el incendio. Comenzaron a buscarlo y se entregó voluntariamente.
¿Que experto en terrorismo provocó esa explosión? Sospechan de Frankelin Holguín, un jovencito de apenas 21 años, quien ha vivido en la indigencia, debajo de un puente, con su familia. Desde ahi, luchó por superarse por buena lid. Estudió, se hizo bachiller, se inscribió en la UASD. Sus profesores de Los Minas dicen que era disciplinado; su familia y vecinos lo califican de “muchacho tranquilo que no se mete con nadie, nunca ha caído preso”. No tiene expediente judicial. Iba en el Metro con una mochila cuando se produjo el incendio. Comenzaron a buscarlo y se entregó voluntariamente.
Aunque dice que no recuerda que le pasó, se declaró culpable y pidió perdón a la sociedad. Fue enviado a la cárcel. Allá intentó suicidarse. Su abogado dice que necesita ser evaluado por psiquiatras.
Me duele la desgracia de este joven y de los afectados con este hecho. Mueve a la reflexión. Son muchos los que esgrimiendo el poder son verdaderos terroristas. Dilapidan los bienes del pueblo, matan de hambre los infelices, quitándole el pan, lo desesperan, lo sacan del buen camino, lo empujan a cometer fechorías y son intocables. Holguín puede ser una de sus victimas. ¿Qué pudo motivarlo a hacer esta explosión? ¿Decidió llamar la atención hacia su clase abandonada?
A la hora de juzgarlo deben ponderar bien su vida. No tiene perfil de criminal. ¿Cómo pudo criarse debajo de un puente sin caer en la delincuencia? ¿Cómo logró hacerse bachiller y llegar a la universidad? ¿De donde sacó el coraje, la fuerza de voluntad, para mantenerse honesto y digno en medio de la miseria? ¿Qué le tumbó el pulso? ¿Qué lo motivó a arremeter contra la hermosa obra de su propia vida, esculpida en la miseria? Todo parece indicar que lo venció el sistema. Avergonzado, ha llorado e intentado suicidarse.
¿A quien encubre? ¿A quien le conviene destruir el Metro o desviar la atención hacia otros males? Los verdaderos terroristas pueden estar dentro de los líderes de la nación. Han afectado su salud y su vida. No he escuchado que apoyaran a Holguín cuando hacia esfuerzos por superarse. Solo sus padres vendiendo panes y galletitas.
Ahora salen “defensores del pueblo”, a condenarlo. De los que han estado muy
ocupados con la impunidad, protegiendo corruptos, que impiden elevar el nivel de vida de la mayoría. Es más fácil exhibir honorabilidad, arremetiendo contra ramitas como Holguín, que contra el tronco. Si queremos hacerle justicia, ponderemos su vida. Luego, lancemos la mirada sobre quienes teniendo poder y recursos para ayudar, no lo hacen. Se empeñan en mega obras, fundaciones para servir ricos, en NY chiquito, en lugar de satisfacer las necesidades básicas de los infelices, cuyas viviendas arrastran los ríos.
A mi juicio, esos poderosos son los verdaderos culpables de la explosión en el Metro, sus actores intelectuales, los que merecen estar en las cárceles.
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