El incidente en cuestión ocurrió el lunes cuando el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, se presentó en el Canódromo, ubicado en la intersección de las avenidas República de Colombia y Monumental, para inspeccionarlo, tras varios reportajes realizados por este medio sobre el lugar.
Sin embargo, y a pesar de que estaba cumpliendo sus funciones, a Ulloa le negaron a entrada, desatando en el proceso un altercado en el que no solo agredieron físicamente a miembros de la prensa y de la oficina del Defensor del Pueblo, si no que se apropiaron de varios instrumentos de trabajos y personales de los agredidos.
De manera específica agentes de la Digesett le arrebataron la cámara del reportero gráfico Raúl Asencio, además de su reloj inteligente; un celular que utilizaba la periodista Lourdes Aponte; y la cámara del camarógrafo de CDN, Víctor Olivo.
Ante estas transgresiones de “agentes del orden”, la entidad a la que pertenecen se limitó a emitir un corto comunicado en el que “lamentaron” el incidente, pero donde también intentaron justificar el hecho de que negaron la entrada al Canódromo a Ulloa, alegando que “no hubo ningún tipo de notificación previa” de su inspección.
Sin embargo, lo anterior es irrelevante, puesto que la Ley 19-01 que instituye el Defensor del Pueblo, le da potestad a su director a inspeccionar cualquier oficina pública sin previo aviso.
“El Defensor del Pueblo o sus adjuntos podrán inspeccionar las oficinas públicas y aquellas entidades prestadoras de servicios públicos, sin previo aviso, y requerir de ellas todos los documentos e informaciones necesarias para materializar su labor, los cuales les serán suministrados de forma gratuita”, reza parte de ese documento.

0 Comentarios