Julio César De la Rosa Tiburcio,
La Alianza Dominicana Contra la Corrupción (Adocco) afirmó este domingo que el decreto emitido por el Ejecutivo que declara de seguridad nacional la contratación, diseño y emisión del pasaporte electrónico en la República Dominicana, es contrario a la Constitución y otras leyes del país.
Según señaló Adocco en un comunicado de prensa, la disposición va, específicamente, contra el artículo 49 de la Carta Magna sobre la libertad de expresión e información.
El texto reza que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.
Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley, señaló Adocco.
Asimismo, indicó que la declaratoria de seguridad nacional decretada por un año, donde se declara como «reservada» toda información referente a las contrataciones realizadas, basada en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, incluye una excepción en su aplicación en su párrafo 1.
En concreto, dispone que la excepción debe primar única y exclusivamente para informaciones sobre las características técnicas del documento en aquellas que, por razones de seguridad o emergencia nacional, pudieran afectar al interés público, vidas o la economía del país, previa declaratoria y sustentación mediante decreto.
En lo concerniente a la Ley sobre Libre Acceso a la Información Pública, citada en el decreto, establece que comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actas y expedientes de la administración pública, informando periódicamente de las actividades que desarrollan entidades y personas que cumplen funciones públicas, siempre y cuando este acceso no afecte a la seguridad nacional.
“En modo alguno, se refiere a que se puedan ofrecer informaciones sobre suplidores u oferentes de un rubro adquirido con fondos públicos”, indicó el residente de la organización, Julio de la Rosa Tiburcio.
De igual forma, la “reserva” contemplada en la Ley establece limitaciones y excepciones a la obligación de informar por parte del Estado y de las instituciones, en concreto cuando se trata de información vinculada con la defensa o la seguridad del Estado, que hubiera sido clasificada como «reservada» por ley o por decreto del Poder Ejecutivo.
Este, según Adocoo, “deja bien claro que la misma opera respecto a diseños y estructura del documento, no de quienes suplen los documentos, como el caso de la especie”.
Las leyes que sustenta el decreto y sus respectivos reglamentos, establecen excepciones sobre el derecho fundamental a la información que, en ejercicio del mismo, formulen los ciudadanos y por eso señala de forma categórica en qué circunstancias pudieran verse restringidas cuando pudiera afectar la seguridad nacional.
Por eso decreto no puede ampliar la reserva en aspectos fundamentales como la transparencia en el manejo de los recursos del pueblo dominicano, sin que el mismo tenga derecho a conocer costo de adquisición, empresas beneficiadas, calidad de lo que se compra, accionistas de las empresas y sobretodo, capacidad, trayectoria de cumplimiento, así como solvencia y experiencia.
Adocco reiteró que la excepción a la que se refiere la Ley de Compras y Contrataciones y Ley de Libre Acceso a la Información, solo aplica para informaciones sobre las características de la libreta, en modo alguno, estas pueden superar al derecho fundamental, a la información, contemplada por la carta magna.
Según señaló Adocco en un comunicado de prensa, la disposición va, específicamente, contra el artículo 49 de la Carta Magna sobre la libertad de expresión e información.
El texto reza que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones, por cualquier medio, sin que pueda establecerse censura previa.
Toda persona tiene derecho a la información. Este derecho comprende buscar, investigar, recibir y difundir información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía, conforme determinan la Constitución y la ley, señaló Adocco.
Asimismo, indicó que la declaratoria de seguridad nacional decretada por un año, donde se declara como «reservada» toda información referente a las contrataciones realizadas, basada en la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, incluye una excepción en su aplicación en su párrafo 1.
En concreto, dispone que la excepción debe primar única y exclusivamente para informaciones sobre las características técnicas del documento en aquellas que, por razones de seguridad o emergencia nacional, pudieran afectar al interés público, vidas o la economía del país, previa declaratoria y sustentación mediante decreto.
En lo concerniente a la Ley sobre Libre Acceso a la Información Pública, citada en el decreto, establece que comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actas y expedientes de la administración pública, informando periódicamente de las actividades que desarrollan entidades y personas que cumplen funciones públicas, siempre y cuando este acceso no afecte a la seguridad nacional.
“En modo alguno, se refiere a que se puedan ofrecer informaciones sobre suplidores u oferentes de un rubro adquirido con fondos públicos”, indicó el residente de la organización, Julio de la Rosa Tiburcio.
De igual forma, la “reserva” contemplada en la Ley establece limitaciones y excepciones a la obligación de informar por parte del Estado y de las instituciones, en concreto cuando se trata de información vinculada con la defensa o la seguridad del Estado, que hubiera sido clasificada como «reservada» por ley o por decreto del Poder Ejecutivo.
Este, según Adocoo, “deja bien claro que la misma opera respecto a diseños y estructura del documento, no de quienes suplen los documentos, como el caso de la especie”.
Las leyes que sustenta el decreto y sus respectivos reglamentos, establecen excepciones sobre el derecho fundamental a la información que, en ejercicio del mismo, formulen los ciudadanos y por eso señala de forma categórica en qué circunstancias pudieran verse restringidas cuando pudiera afectar la seguridad nacional.
Por eso decreto no puede ampliar la reserva en aspectos fundamentales como la transparencia en el manejo de los recursos del pueblo dominicano, sin que el mismo tenga derecho a conocer costo de adquisición, empresas beneficiadas, calidad de lo que se compra, accionistas de las empresas y sobretodo, capacidad, trayectoria de cumplimiento, así como solvencia y experiencia.
Adocco reiteró que la excepción a la que se refiere la Ley de Compras y Contrataciones y Ley de Libre Acceso a la Información, solo aplica para informaciones sobre las características de la libreta, en modo alguno, estas pueden superar al derecho fundamental, a la información, contemplada por la carta magna.
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