Claves del nuevo decreto
- Nuevas facultades de la Aduana (DGA)
- Poder de veto: La Dirección General de Aduanas (DGA) tiene la autoridad legal para prohibir la entrada de estas mercancías.
- Alcance inmediato: Aplica a cargamentos en viaje, retenidos en puertos o en cualquier fase operativa previa a su ingreso final.
- Destino de los bienes: La DGA podrá ordenar la destrucción de los productos, su reexportación o el desvío a destinos autorizados.
- Control estricto: Se creará un registro administrativo exclusivo para los bienes vetados bajo esta normativa.
Cooperación y control institucional
- Alianzas globales: Se potenciará el intercambio de información y buenas prácticas con agencias de otros países para detectar alertas.
- Frente nacional: La DGA coordinará acciones conjuntas con los ministerios de Trabajo, Industria y Comercio, Relaciones Exteriores y el Ministerio Público.


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