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Prohíben por decreto la importación de bienes producidos con trabajo forzoso




Claves del nuevo decreto
  • Poder Ejecutivo: Establece un procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir mercancías ligadas al trabajo forzoso.
  • Presión internacional: La medida responde a un arancel del 12.5% impuesto por EE. UU. ante la inacción previa del país caribeño.
  • Derechos Humanos: El gobierno busca blindar los derechos fundamentales y cumplir con sus compromisos globales.
    • Nuevas facultades de la Aduana (DGA)
    • Poder de veto: La Dirección General de Aduanas (DGA) tiene la autoridad legal para prohibir la entrada de estas mercancías.
    • Alcance inmediato: Aplica a cargamentos en viaje, retenidos en puertos o en cualquier fase operativa previa a su ingreso final.
    • Destino de los bienes: La DGA podrá ordenar la destrucción de los productos, su reexportación o el desvío a destinos autorizados.
    • Control estricto: Se creará un registro administrativo exclusivo para los bienes vetados bajo esta normativa.
    Cooperación y control institucional
    • Alianzas globales: Se potenciará el intercambio de información y buenas prácticas con agencias de otros países para detectar alertas.
    • Frente nacional: La DGA coordinará acciones conjuntas con los ministerios de Trabajo, Industria y Comercio, Relaciones Exteriores y el Ministerio Público.

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