Ticker

8/recent/ticker-Deportes

Header Ads Widget

Responsive Advertisement

Histórico: El Senado aprueba reforma que obliga a candidatos a pruebas antidopaje y control financiero

 

Por Redacción Digital

Santo Domingo | 4 de junio de 2026

📌 El dato clave

El Senado de la República Dominicana aprobó en segunda lectura una profunda modificación a la Ley de Partidos Políticos (33-18). La reforma no solo exige pruebas de dopaje a los aspirantes, sino que introduce por primera vez controles estrictos propios de la prevención del lavado de activos en la política nacional.

🛑 Nuevos filtros obligatorios para los candidatos

A partir de la entrada en vigor de esta ley, cualquier ciudadano que aspire a un cargo de elección popular deberá superar un riguroso escrutinio que incluye:

  • Pruebas antidopaje obligatorias.

  • Certificación de no antecedentes penales.

  • Apertura total para la verificación de su patrimonio e información financiera.

  • Presentación de una declaración jurada de patrimonio de los últimos tres años o, en su defecto, una certificación de cumplimiento fiscal de la DGII.

💼 Los partidos políticos ahora funcionarán como "bancos"

Uno de los giros más radicales de la iniciativa es que traslada a las organizaciones políticas responsabilidades similares a las de una entidad financiera. Los partidos estarán obligados a implementar:

  • "Debida diligencia": Procedimientos para investigar a fondo los antecedentes, actividades económicas y el origen real de los recursos de precandidatos, candidatos, dirigentes y donantes.

  • Programas de Compliance (Cumplimiento): Sistemas internos diseñados exclusivamente para evitar que el crimen organizado y el dinero ilícito financien las campañas electorales.

  • Oficial de Cumplimiento: Cada partido deberá designar a un supervisor encargado de vigilar estos controles y reportar cualquier operación sospechosa.

🚪 Expulsión inmediata por mentir o falsificar

El proyecto de ley dota a los partidos de herramientas legales contundentes para "limpiar" sus filas. Las organizaciones políticas tendrán la facultad de declarar inadmisibles o excluir a los aspirantes si se detecta:

  1. Falsedad de documentos.

  2. Ocultamiento de información financiera o personal relevante.

  3. Incumplimiento de los estándares de integridad.

¿Qué pasa si ya fueron elegidos? Incluso si una candidatura ya fue seleccionada, podrá ser sustituida de inmediato si se comprueba que el candidato mintió o no cumple con las condiciones exigidas por la norma.

⚖️ Garantías y debido proceso

A pesar de la rigidez de los nuevos controles, el texto aprobado asegura el respeto al debido proceso. Todo aspirante investigado tendrá derecho a recibir una notificación formal, ejercer su derecho a la defensa, presentar pruebas de descargo y, si es necesario, apelar las decisiones ante las instancias internas del partido o acudir directamente al Tribunal Superior Electoral (TSE).

Publicar un comentario

0 Comentarios